
Para el año 2016 se establecen una serie de novedades con respecto a la Declaración de la Renta 2015. Entre ellas, encontramos; las reducciones de los tipos impositivos, al mismo tiempo que se amplían las deducciones en determinados casos. Sin embargo, también se eliminan, como la deducción del alquiler, si el contrato no cumple con ciertos requisitos que establece la Ley.
Con respecto al arrendatario, la deducción por alquiler se pierde sobre todos los contratos celebrados desde el 1 de enero de 2015. Para el arrendador, se establece una reducción del 60% del rendimiento neto derivado del alquiler de inmuebles destinados a vivienda.
Novedades positivas
Entre ellas, encontramos la subida de los mínimos del contribuyente, pasando de 5.151 a 5.550 euros. Un aspecto importante es la subida con respecto a la edad del contribuyente (>65 años, subida mínima de 1.150 euros con carácter anual)
Además, se tiene en cuenta los descendientes para la subida del mínimo, fijando unos 564 euros por el primer hijo, 660 euros por el segundo hijo, y 328 euros por el tercero.
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