
Desde el año 2013, los premios de la Lotería de Navidad están sujetos a tributación, a través de un gravamen especial del 20%. No obstante, este porcentaje únicamente se aplica en aquellos premios que excedan de 2.500 euros. Por tanto, esta cantidad siempre estará exenta de tributar, aunque nuestro premio sea de una cantidad superior.
Por otro lado, una de las dudas de los agraciados del sorteo de la Navidad, es si deben declarar el dinero del premio. El sistema es el siguiente; cuando una persona cobra el premio en la administración en la que compró el décimo (o décimos) se le práctica en ese momento la retención, que corresponde a Hacienda. Así pues, de esta forma ya está declarando o justificando el aumento de su patrimonio.
Sin embargo, si el premio obtenido incrementa el patrimonio de una persona hasta superar los 700.000 euros (incluyendo todos sus bienes), éste está sujeto al impuesto de patrimonio.
Los premios inferiores de 2.500 euros están exentos de tributación, por lo tanto, no habrá que pagar más en la declaración de la Renta, pues no se incluye en la base imponible del IRPF.
A continuación, veremos cuánto se percibe realmente por cada premio:
Empecemos por el mayor de los premios, el gordo. Su importe es de 400.000 euros al décimo. Si aplicáramos el 20% de retención (sin contar con los 2.500 euros exentos de impuestos), ganaríamos realmente 320.500 euros de premio.
El segundo premio, tras aplicarle la retención del 20%, se quedaría en 100.500 euros. El tercero, compuesto de 50.000 euros, resultaría 40.500 tras la retención. Los cuartos premios, dotados de 20.000, quedarían en 16.500 euros y los quintos premios en 5.300 euros (6.000 euros antes de la retención aplicada).
Como comentábamos antes, el 20% se empieza a aplicar si el premio supera los 2.500 euros. Si, por ejemplo, nos toca un cuarto premio, la retención se aplicaría a la cantidad de 17.500 euros (20.000 euros de premio, – 2.500 euros exentos de tributación), resultando 16.500 euros después de impuestos.
¿Qué ocurre si decido compartir el premio?
En estos casos, habría que tener en cuenta que, si se comparten los premios, habría que pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones. No obstante, si se notifica en el momento de cobrarlo, evitaremos este impuesto. Para ello, identificaremos a los ganadores que comparten el premio.